El entredicho o interdicto es, en el derecho canónico, una censura eclesiástica por la cual las autoridades religiosas prohíben a los fieles la asistencia a los oficios divinos, la recepción de algunos sacramentos y la sepultura cristiana.[1][2][3][4]
Se diferencia de la excomunión en que el afectado no es expulsado de la sociedad cristiana, aunque en ambos casos los actos religiosos prohibidos son los mismos.